Las normas autonómicas para evitar la sustitución de superficie regable por grandes proyectos fotovoltaicos

Hasta tres comunidades autónomas han aprobado, en el ejercicio de sus competencias en agricultura y de ordenación del territorio, diferentes normas para proteger los suelos de regadío, limitando o prohibiendo la instalación de instalaciones de producción energética en ellos.

En este cuadro resumen recogemos las leyes que regulan estas limitaciones y las principales diferencias entre las diferentes normas.

Las tres leyes autonómicas que ya limitan los parques solares en superficie de regadío

Norma Prohibición de Fotovoltaicas en Suelos de Regadío Excepciones Observaciones
Ley 6/2023 de Aragón Prohíbe la instalación en suelos agrícolas y regadíos modernizados o declarados de interés general Permitidas si están vinculadas al autoconsumo y mejora agrícola Protege suelos de alto valor productivo; busca preservar las inversiones públicas en regadíos
Decreto-ley 2/2022 de Castilla y León No permite fotovoltaicas en zonas regables modernizadas o transformadas, con inversiones públicas Permitidas si están vinculadas al regadío o al autoconsumo Se centra en proteger los terrenos con inversiones públicas y con valor productivo agrícola
Decreto 141/2021 de Extremadura Más restrictiva: prohíbe en suelos potencialmente aptos para el regadío, no solo en zonas modernizadas Permitidas para autoconsumo o proyectos de I+D La norma extremeña es la más estricta, impidiendo instalaciones en zonas con potencial de regadío además de las modernizadas

 

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